martes, 8 de septiembre de 2009

La Señorita Maestra

CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION (Bs.As.)
CONTRATO DE MAESTRAS
AÑO 1923
'Este es un acuerdo entre la señorita............maestra, y el Consejo de Educacion y de la Escuela por el cual la señorita .................................acuerda impartir clases por un periodo de ocho meses a partir del......................de 1923.

La señorita acuerda:
1 - No casarse. Este contrato quedara automáticamente anulado y sin efecto si la maestra se casa
2 - No andar en compañía de hombres.
3 - Estar en su casa entre las ocho de la tarde y las seis de la mañana, a menos que sea para atender una funcion escolar.
4 - No pasearse por las heladerías del centro de la ciudad
5 - No abandonar la ciudad bajo ningún concepto sin el permiso del presidente del Consejo de Delegados.
6 - No fumar cigarrillos. Este contrato quedara automáticamente anulado y sin efecto si se encontrara a la maestra fumando.
7 - No beber cerveza, vino ni otras bebidas espirituosas. Este contrato quedara automáticamente anulado y sin efecto si se encontrara a la maestra bebiendo....
8 - No viajar en ningún coche o automóvil con ningún hombre excepto su hermano o su padre.
9 - No vestir ropas de colores brillantes.
10 - No teñirse el pelo.
11 - Usar al menos dos enaguas
12 - No usar vestidos que queden a más de cinco centímetros por encima de los tobillos.
13 - Mantener limpia el aula.:
a) Barrer el suelo del aula al menos una vez al día.
b) Fregar el suelo del aula al menos una vez por semana con agua cliente y jabón.
c) Encender el fuego a las siete, de modo que la habitación esté caliente a las ocho
cuando lleguen los niños..
d) Limpiar la pizarra una vez al día.
l4 - No usar polvos faciales, no maquillarse ni pintarse los labios.
Fuente: 'La Revista del Consejo Nacional de la Mujer' Año 4, Nro. 12.
(marzo 1999. Buenos Aires.)

OBSERVAR EL ENCARGO SOCIAL QUE PESABA SOBRE LA MAESTRA EN 1923 Y RELACIONARLO CON LA DISCIPLINA, EL COMPORTAMIENTO EN EL AULA Y LA EDUCACIÓN EN VALORES.